Abogado Herencias Sevilla

Abades Abogados Especialistas en Herencias

Abogados Expertos en Herencias y Sucesiones en Sevilla

Abades Abogados es un despacho de abogados especialistas en herencias en Sevilla, con oficina en la avenida San Francisco Javier nº 9, Edificio Sevilla 2, planta 9, oficina 7 (41018 Sevilla). Desde 1994 asesoramos a familias, herederos y empresas en testamentos, partición de herencias, legítimas, impugnación de testamentos y planificación sucesoria, tanto por vía amistosa ante notario como ante los tribunales.

Nuestra filosofía se basa en el trabajo en equipo y en la especialización: asesoramos tanto a particulares como a familias con patrimonios relevantes y empresas familiares, y conocemos la normativa andaluza del Impuesto sobre Sucesiones y la práctica de notarías y juzgados de Sevilla.

Atendemos asuntos en Sevilla capital y en toda la provincia, y actuamos en el resto de Andalucía y de España cuando la herencia lo requiere.

Cómo podemos ayudarle

Patrimonios y empresa familiar

Asesoramos a familias con patrimonio relevante y a familias empresarias: planificación de la transmisión, relevo generacional, fiscalidad y estructura del patrimonio.

Testamentos

Le ayudamos a hacer un testamento claro, que respete la ley y evite problemas a su familia, y a entender o impugnar el que ha dejado un familiar.

Tramitar una herencia

Nos ocupamos de todo el proceso: declaración de herederos, aceptación o renuncia, inventario, reparto y firma ante notario.

Conflictos entre herederos

Cuando no hay acuerdo, defendemos sus derechos: buscamos primero una solución negociada y, si no es posible, acudimos a los tribunales.

Planificación e impuestos

Organizamos su patrimonio en vida para que la herencia sea sencilla y le explicamos cómo tributa en Andalucía.

Herencias internacionales

Herencias con bienes o herederos en otros países, o de extranjeros residentes en Sevilla: qué ley se aplica y cómo se tramita.

Por qué confiar en Abades Abogados

Especialistas desde 1994

Más de 30 años dedicados al derecho civil y sucesorio. Conocemos la práctica de notarías, registros y juzgados de Sevilla.

Trato directo

El abogado que estudia su caso es el que lo lleva de principio a fin y le explica cada paso con claridad.

Honorarios claros

Una vez estudiado su caso y antes de aceptar el encargo, le informamos por escrito de los honorarios. Sin sorpresas.

Nuestro objetivo es que la herencia se resuelva con seguridad jurídica, en el menor tiempo posible y, siempre que se pueda, mediante acuerdo entre los herederos.

Preguntas frecuentes al contratar un abogado de herencias en Sevilla

Le acompaña en todo el proceso: le explica qué le corresponde, revisa el testamento, reúne la documentación, calcula los impuestos y prepara el reparto con el notario. Si hay desacuerdo entre los herederos, intenta primero un acuerdo y, si no es posible, le defiende ante el juez.

No siempre. Si todos los herederos están de acuerdo, la herencia puede firmarse ante notario sin abogado. Aun así, contar con uno evita errores en el reparto y en los impuestos que después salen caros. Si hay que ir a juicio, la ley exige abogado y procurador.

  • Certificado de defunción.
  • Certificado de últimas voluntades, que indica si hay testamento y ante qué notario.
  • Copia del último testamento o, si no lo hay, la declaración de herederos.
  • Certificado de seguros de vida del fallecido.
  • Saldos de las cuentas bancarias a la fecha del fallecimiento.
  • Escrituras o notas simples de los inmuebles y el último recibo del IBI.
  • DNI de los herederos.

Si le falta alguno, nosotros nos encargamos de pedirlo.

Muy poco si heredan hijos, nietos, cónyuge o padres: la Junta de Andalucía les bonifica el 99 % del impuesto y, además, aplica una reducción de hasta un millón de euros. Hermanos y sobrinos no tienen esa bonificación. La declaración debe presentarse en los seis meses siguientes al fallecimiento, aunque salga casi a cero. Más información.

La ley no fija un plazo corto, pero otro heredero o un acreedor puede pedir a un notario que le obligue a decidir en 30 días; si no contesta, se entiende que acepta, incluidas las deudas. Y el plazo de Hacienda, seis meses desde el fallecimiento, corre en todo caso. Más información.

El heredero recibe el conjunto de la herencia o una parte de ella, y con ella también las deudas. El legatario recibe un bien concreto, como un piso o una cantidad de dinero, y en principio no responde de las deudas.

La ley protege a los hijos: dos tercios de la herencia les están reservados. Uno de esos tercios se reparte a partes iguales entre todos, y el otro el padre o la madre puede dejárselo a uno o varios hijos o nietos. El tercio restante lo puede dejar a quien quiera. El viudo o la viuda tiene además derecho a disfrutar de una parte de la herencia mientras viva.

Es la parte de la herencia que la ley reserva a los hijos, a los padres cuando no hay hijos, y al cónyuge viudo. No se les puede quitar salvo por causas muy graves previstas en la ley. Si el testamento no la respeta, se puede reclamar. Más información.

Nadie está obligado a seguir en una herencia sin repartir. Si no hay acuerdo, se puede pedir que un profesional independiente haga el reparto o acudir al juez para que lo haga. Antes de llegar ahí, siempre intentamos una solución negociada. Más información.

Sí, en varios casos: si no se cumplieron los requisitos formales, si el testador no estaba en condiciones de decidir, si fue presionado o engañado, o si dejó fuera a un hijo o lo desheredó sin una causa legal. Conviene actuar cuanto antes. Más información.

El del lugar donde vivía el fallecido. Si residía en Sevilla capital, los tribunales de Sevilla; si vivía en otro municipio de la provincia, el juzgado de esa zona.

Es la persona que el testador elige para que se cumpla su testamento: organiza el funeral, vigila que se respete lo dispuesto y cuida de los bienes. Salvo que el testamento diga otra cosa, tiene un año para cumplir su encargo.

Depende sobre todo de que haya acuerdo entre los herederos. Una herencia sin conflicto y con la documentación completa se firma ante notario con relativa rapidez; si hay que ir a juicio, el plazo depende del juzgado y de la complejidad de los bienes. En la primera consulta le damos una estimación para su caso.

Depende del tipo de asunto y de su complejidad. Una vez estudiado su caso y antes de aceptar el encargo, le informamos por escrito de los honorarios y de los gastos previstos (notaría, registro, procurador o tasaciones), para que no haya sorpresas.

Fíjese en que de verdad esté especializado en herencias, en su experiencia en casos como el suyo, en la claridad de los honorarios y en el trato. En Abades Abogados nos dedicamos a las herencias desde 1994 y le atendemos en nuestra oficina de la avenida San Francisco Javier 9. Pida cita en el 620 02 03 18.

Contacto · Oficina en Sevilla

Horario: lunes a jueves de 8:30 a 20:00 · viernes de 8:30 a 14:00

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