Abades Abogados actúa en todas áreas de práctica en el ámbito hereditario, testamentario y sucesorio que comprenden un conjunto de servicios jurídicos orientados a la planificación, gestión y resolución de cuestiones derivadas de la transmisión mortis causa de bienes y derechos. Los principales ámbitos de actuación que se ofrecen a los clientes son los siguientes:

  • Planificación sucesoria y testamentaria: Incluye el asesoramiento en la redacción de testamentos, pactos sucesorios y disposiciones de última voluntad, con especial atención a la optimización fiscal y la protección de la voluntad del causante. Se destaca la importancia de la interpretación de la voluntad testamentaria, que debe orientarse por criterios subjetivos y la prevalencia de la intención real del testador sobre el sentido literal de las cláusulas, tal como establece la jurisprudencia del Tribunal Supremo. La planificación engloba el diseño de estrategias para la transmisión ordenada del patrimonio, considerando figuras como la fiducia sucesoria, el usufructo, la sucesión contractual, la partición anticipada y la protección de la legítima. Se asesora sobre las implicaciones fiscales y civiles de cada opción, adaptando la planificación a la normativa aplicable y a las circunstancias familiares y patrimoniales del cliente.
  • Gestión y tramitación de la herencia: Comprende la obtención de certificados de defunción y últimas voluntades, la localización y valoración de bienes, la formación de inventario, la aceptación y adjudicación de la herencia, la liquidación de impuestos (Impuesto de Sucesiones y Donaciones, plusvalía municipal), y la inscripción de los bienes en los registros correspondientes. Incluye la intervención ante notarios, registros y administraciones públicas.
  • Partición hereditaria y resolución de conflictos: Asistencia en la elaboración de cuadernos particionales, negociación entre herederos, mediación y, en su caso, ejercicio de acciones judiciales para la división de la herencia, impugnación de testamentos, reclamación de legítimas, entrega de legados y defensa frente a disposiciones ineficaces o nulas. Se contempla la intervención de albaceas y contadores-partidores, así como la posibilidad de instar la partición judicial.
  • Asesoramiento en instituciones forales y especiales: Orientación sobre regímenes sucesorios forales (Aragón, Navarra, Cataluña, Galicia, País Vasco, Baleares), aplicación de figuras como la fiducia aragonesa, la sucesión troncal navarra, el comisario foral, el fideicomiso de residuo, y la sucesión contractual. Se analiza la capacidad sucesoria, la delación y el momento de adquisición de derechos conforme a la normativa específica.
  • Fiscalidad sucesoria: Asesoramiento sobre el devengo, liquidación y optimización fiscal de la herencia, aplicación de exenciones y reducciones, gestión de liquidaciones provisionales y complementarias, y defensa en procedimientos de comprobación y revisión tributaria.
  • Defensa y representación judicial: Ejercicio de acciones en defensa de los derechos hereditarios, impugnación de disposiciones testamentarias, reclamación de legítimas, nulidad de particiones, rendición de cuentas de albaceas y administradores, y cualquier litigio derivado de la sucesión.
  • Impugnación de disposiciones testamentarias y defensa de legítimas

    La defensa de los derechos de los herederos forzosos, la impugnación de testamentos por vicios de la voluntad, nulidad, inoficiosidad o indignidad, y la reducción de disposiciones testamentarias que mengüen la legítima, son áreas habituales de litigio. 

  • Intervención y administración judicial de la herencia

    La solicitud de intervención judicial del caudal hereditario, administración de bienes y protección de intereses de menores, ausentes o incapaces durante la tramitación de la herencia, así como la designación de administradores judiciales, son prácticas frecuentes en situaciones de conflicto o incertidumbre. 

  • Arbitraje y mediación sucesoria La utilización de mecanismos alternativos de resolución de conflictos, como el arbitraje testamentario para resolver diferencias entre herederos o legatarios, y la mediación en materia sucesoria, están reconocidos legalmente y constituyen una práctica en expansión.

  • Gestión de litigios sucesorios: La práctica incluye la defensa en procedimientos judiciales sobre la validez de testamentos, impugnaciones, nulidad de disposiciones, reclamaciones de legítima, partición de herencia y resolución de conflictos entre herederos. Se subraya la relevancia de la carga de la prueba en estos litigios, así como la posibilidad de ampliar la demanda contra la herencia yacente o ignorados herederos, conforme a la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Nuestra experiencia en la práctica profesional en el ámbito hereditario, testamentario y sucesorio abarca una amplia variedad de servicios jurídicos, que pueden clasificarse en función de la naturaleza de los asuntos y el perfil de los clientes, especialmente cuando se trata de empresarios, titulares de grandes patrimonios y litigios sucesorios complejos.

  • Gestión y administración de grandes patrimonios: Para empresarios y titulares de grandes patrimonios, la práctica sucesoria implica la estructuración de la sucesión de empresas familiares, la transmisión de participaciones sociales y la aplicación de beneficios fiscales, como la reducción en el Impuesto de Sucesiones sobre bienes afectos a la actividad empresarial. La jurisprudencia exige que la bonificación se aplique únicamente sobre los activos estrictamente profesionales, favoreciendo la continuidad de la empresa y evitando privilegios injustificados.
  • Pactos sucesorios y figuras especiales: En territorios con derecho civil propio, como Galicia, se asesora sobre pactos de mejora y apartación, que constituyen negocios jurídicos mortis causa y permiten la transmisión anticipada de bienes, con implicaciones fiscales relevantes. La doctrina judicial reconoce que estos pactos deben recibir el trato de negocios sucesorios, amparados por la exención fiscal prevista para transmisiones por causa de muerte.
  • Administración de la herencia y cargos fiduciarios: El nombramiento de albaceas, administradores hereditarios y contadores-partidores es esencial para la gestión eficiente del patrimonio hereditario, especialmente en grandes patrimonios. El testador puede conferir amplios poderes de administración y representación, siendo la voluntad del causante la ley suprema de la sucesión, salvo en lo relativo a los derechos de los legitimarios.
  • Servicios técnicos y administrativos: Comprenden la formalización e inscripción de la división y adjudicación de la herencia, la liquidación de impuestos, la obtención de certificados y la inscripción registral de los bienes heredados. Aunque estos servicios pueden ser realizados por gestores administrativos, la intervención de abogados es habitual en casos que requieren asesoramiento jurídico especializado, especialmente cuando se trata de patrimonios complejos o empresas familiares.

Nuestro papel principal es ofrecer el mejor asesoramiento , que  abarca desde la planificación y redacción de testamentos hasta la gestión integral de la herencia, la resolución de conflictos entre herederos y la defensa judicial de los derechos sucesorios, incluyendo el asesoramiento en regímenes forales y la optimización fiscal. El objetivo es garantizar la seguridad jurídica, el respeto a la voluntad del causante y la protección de los intereses de los clientes en todas las fases del proceso sucesorio.

Scroll al inicio
Call Now Button